Obras integrales de comunidad

Se trata de una línea de Ayudas del Departamento de Vivienda (Etxebide) del Gobierno Vasco para obras comunitarias de rehabilitación integral y eficiente. Optan a ella todas las actuaciones integrales anteriores a 1980 con un mínimo de 4 viviendas. Para optar a estas ayudas deberá realizarse la ITE. La solicitud de ayudas deberá tramitarse antes la solicitud de licencia municipal. Las ayudas se concretan en los siguientes apartados:

* Casos especiales: Actuaciones incluidas en Áreas de Rehabilitación Integrada o en Áreas Residenciales Degradadas**; Actuaciones con viviendas destinadas a arrendamiento protegido que superen el 50 % del total del edificio; Inmuebles declarados de interés cultural o sujetos a cualquier otro régimen de protección conforme a lo previsto en la Ley 6/2019.

** Son Actuaciones Integradas las que desarrollen en alguno de los siguientes Áreas de Rehabilitación Integradas: CH y Arrabales de Arrasate-Mondragón, CH Elgeta, CH Leintz-Gatzaga, CH Antzuola, CH Aretxabaleta, CH Oñati, CH Bergara y CH Ezkoriatza. Y las que se desarrollen en alguna de las siguientes Áreas Degradadas: Barrio de San Andrés (A-7 y A-11) de Arrasate-Mondragón, Barrio de San Miguel de Bedarreta de Aretxabaleta y Barrio de Osintxu de Bergara. El resto de las serán Actuaciones Aisladas.

SUBLINEAS SUBVENCIONABLES 1/2/3

  • Las cuantías y porcentajes indicados en las tablas se incrementarán en un 2% en las tipologías de la Sublínea 1 y en 1% en la Sublínea 2.
  • Las cuantías y porcentajes indicados en las tablas se incrementarán en un 3% en las acciones conjuntas de 4 o más portales; 3% en el caso de 3 portales; y un %1 en el caso de 2 portales.
OBLIGACIONES IMPORTANTES 
  • Si sustituyen carpinterías, habrá que garantizar el caudal de aire exterior suficiente para cumplir los requisitos del DB-HS3 del CTE.
  • La fachada incorporara una sectorización EI-60 en el forjado de cada planta y alrededor de los huecos una resistencia al fuego E30.
  • Todas las viviendas deberán cumplir las condiciones mínimas de habitabilidad tras la intervención.
  • Habrá de hacerse la ITE y tras la intervención quedarán subsanadas las deficiencias de grados 1, 2 y/o 3.
  • Será necesaria la autorización municipal para ocupar suelo público, si este es necesario.
AYUDAS PARA LOS VECINOS Y/O PROPIETARIOS
Beneficios fiscales

Para todas las unidades de convivencia, con los límites establecidos por el Dep. Hacienda de la DFG, y siempre que la actuación sea considerada como una actuación de rehabilitación por el Gobierno Vasco.

Subvenciones a fondo perdido

Subvención especial a fondo perdido para obras de accesibilidad para los vecinos (propietarios) mayores de 65 años o con discapacidad de movilidad reducida o sensorial que cuenten con ingresos (IP) <25.000 € o unidades convivenciales con (IP) < 12.000 €.

Ingresos PonderadosNº miembros% Ayuda
<12.000-100%
12.001€ - 15.000€125%
250%
=+3100%
15.001€ - 18.000€10%
225%
=+350%
18.001€ - 25.00€1/20%
=+325%