Ayudas Directas

Podrán acceder a ayudas directas, es decir, subvención a fondo perdido, los titulares de actuaciones de rehabilitación cuyos ingresos anuales ponderados no superen los 25.000,00 euros. El porcentaje de ayudas a fondo perdido a recibir respecto del presupuesto protegible se obtiene de la siguiente tabla:

ACTUACIONES INTEGRADASACTUACIONES AISLADAS
Ingresos ponderados**Núm. miembrosObras 1Obras 2Obras 3Obras 4Obras 1Obras 2Obras 3Obras 4
<9.000 €=<375%75%80%60%65%70%70%50%
>380%80%85%65%70%75%75%55%
9.001 € - 15.000 €=<370%75%75%55%60%65%65%45%
>375%80%80%60%65%70%70%50%
15.001 - 25.000 €=<360%65%65%55%50%55%55%45%
>365%70%70%60%55%60%60%50%
CUANTIA
MÁXIMA (€)
7.500€9.500€10.000€5.000€5.500€7.500€8.000€3.000€
    • Son Actuaciones Integradas las que desarrollen en Áreas de Rehabilitación Integradas o en Áreas Degradadas. El resto serán Actuaciones Aisladas. (Más información)

En el caso de obras de accesibilidad, podrán   acceder a un fondo especial para este fin los vecinos /propietarios mayores de 65 años o con discapacidad de movilidad reducida o sensorial que cuenten con ingresos (IP) <25.000 € y todas las unidades convivenciales con (IP) < 12.000 €. El porcentaje de ayudas a fondo perdido a recibir respecto del presupuesto protegible se obtiene de la siguiente tabla:

Ingresos PonderadosNº miembros% Ayuda
<12.000-100%
12.001€ - 15.000€125%
250%
=+3100%
15.001€ - 18.000€10%
225%
=+350%
18.001€ - 25.00€1/20%
=+325%

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